Las 15 excusas de las compañías de telecomunicaciones para no darte de baja
Las compañías de telecomunicaciones suelen poner todo tipo de trabas a las solicitudes de baja de los usuarios. Estas son las quince excusas que pueden ponerte cuando intentes tramitarla.
1. Que para darte de baja tienen que pasarte con otro departamento o debes llamar a otro número. Y desde ese otro te remitirán a otro. Y a otro...
2. Que no puedes pedirla hasta que acabe tu compromiso de permanencia. Falso, otra cosa es que tengas que abonar la penalización que corresponda.
3. Que si cancelas tu permanencia tendrás que pagar una penalización. Puede ser, pero no olvides que tendrían que haberte informado de ella al darte de alta y su cuantía en todo caso debe ser equivalente al descuento que te aplicaran (si no lo hicieron, no pueden penalizarte) prorrateado a la baja sobre el número de días que lleves como cliente. Ojo: si cancelas el contrato por incumplimiento de la compañía, no hay penalización alguna.
4. Que tendrás que abonar una penalización por cancelar un contrato de permanencia que en realidad finalizó hace tiempo o que nunca aceptaste. Prueba a pedirles el documento con tu firma o la grabación en la que autorizas una nueva permanencia aparejada a un descuento. Igual existe... con la voz de otro.
5. Que no es posible hasta que pagues supuestas facturas pendientes. Para nada: un impago, sea por una deuda real o fruto de una irregularidad en la facturación por parte de la compañía, no puede paralizar una solicitud de baja.
6. Que tendrás que abonar una tarifa por los gastos de la tramitación de la baja. Va a ser que no: al darte de baja no te están prestando un servicio, así que no tienes que pagar nada por ella.
7. Que debes solicitarla el último día del periodo de facturación. ¿Y si llamas un segundo después de que hayan pulsado el botón de la máquina que imprime los recibos? Pues no, la baja puede pedirse en cualquier momento.
8. Que tardará dos semanas en hacerse efectiva. Para nada, la normativa de telecos dice que en dos días puedes considerarte libre (artículo 7 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo), por lo que sólo pueden facturarte el consumo hasta esa fecha y si has pagado por adelantado, deben devolverte la cuota proporcional.
9. Que no puede efectuarse por teléfono y tienes que enviar un fax, un burofax o una paloma mensajera. Es curioso, una compañía de telecomunicaciones incapaz de hacer ciertos trámites por teléfono... Pues según la ley, están obligados a aceptar la baja mediante el mismo sistema por el que te dieron de alta (artículo 11.3 de la Orden ITC/1030/2007, de 12 de abril).
10. Que llames en otro momento porque hay una incidencia en sus sistemas y no pueden procesarla. Con esa calidad, como para no insistir en pedir la baja.
11. Que la llamada se corte misteriosamente.
12. Que te llegue un SMS en el que indiquen que para confirmar el cambio tienes que llamar a un teléfono. Esto suele ocurrir cuando tramitas la baja mediante una petición de portabilidad a otra compañía. Si llamas, intentarán convencerte de que no te vayas con una contraoferta o incluso puede que te llamen ellos. Si se niegan a detallarte la oferta por escrito sobre la marcha, tiene pinta de timo.
13. Que al pedir un cambio de operadora la tuya lo rechace aprovechándose de que el empleado de la compañía a la que quieres irte se equivocó en una letra al escribir tu nombre.
14. Que te den de baja el teléfono de casa pero sigan pasándote recibos por la conexión a internet o el alquiler del terminal. Si te fuiste mediante una portabilidad de tu línea a otro operador, la ley (artículo 10.1 del RD 899/2009, de 22 de mayo) dice con claridad meridiana que eso implicará la baja de todos los servicios asociados al número de teléfono en cuestión. Y si solicitaste a tu compañía la cancelación de la línea sin hacer portabilidad, el mero hecho de que no hayas seguido usando internet con ella es prueba suficiente para demostrar que te referías también a ese servicio. En cuanto a lo de seguir cobrándote por el carísimo alquiler de un terminal que contrastaste porque te hicieron creer que solo así te solucionarían con rapidez cualquier avería... es rizar el rizo de las tomaduras de pelo.
15. Que te aseguren que tramitan tu solicitud pero después te sigan llegando las facturas. Según la ley, deben facilitarte un código que identifique la gestión que has solicitado (artículo 26.2 del RD 899/2009, de 22 de mayo). El problema es que cuando lo indiques al reclamar te digan que esa numeración se refiere a un día que llamaste para felicitarles por su buen servicio. Así que si pides la baja por teléfono y no recibes una confirmación clara y por escrito, no te fíes.
Ante todo esto, lo mejor que puedes hacer para blindarte ante posibles problemas es seguir una pauta muy sencilla cada vez que quieras cancelar un contrato:
- Si pides el traspaso de tu línea a otra compañía, por si acaso, debes especificarle que aclare a tu operador actual que vas a darte de baja de todos sus servicios.
- Si no es una baja con portabilidad, lo mejor es que la notifiques por escrito, preferiblemente con acuse de recibo. No tienes más que dirigirte a la dirección que aparece en las facturas. Cuarenta y ocho horas después de su recepción, tienen que darte de baja.
- Y si siguen facturándote servicios, ordena a tu banco que las rechace, denuncia a la compañía ante laautoridad de consumo de tu comunidad autónoma y la Agencia Española de Protección de Datos si te trata como si fueras un moroso.
Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9538