viernes, 28 de agosto de 2015

FACUA advierte de un nuevo fraude de Movistar: rechaza las solicitudes de baja de Canal Plus

FACUA advierte de un nuevo fraude de Movistar: rechaza las solicitudes de baja de Canal Plus

La operadora de televisión no gestiona las llamadas relacionadas con cancelaciones, mientras que la telefónica se desentiende de dicho servicio con el falso argumento de que son empresas distintas.

 

FACUA-Consumidores en Acción advierte de un nuevo fraude de Movistar para no atender a sus clientes: rechaza las solicitudes de baja de los clientes de Canal Plus.
FACUA ha detectado a través de las quejas de numerosos usuarios afectados que, tras adquirir Canal Plus y modificar las condiciones que los clientes tenían contratadas, Movistar impide cancelar este servicio de televisión de pago tanto si se trata de contactar con la primera empresa como si se intenta hacerlo a través de la segunda.
Por un lado, Canal Plus sólo ofrece a sus usuarios un teléfono 902 para solicitar la baja, línea que además es más cara que un número con prefijo geográfico convencional o móvil. Los consumidores que utilizan esta vía ven cómo sus llamadas se eternizan con el argumento de que los operadores se encuentran ocupados, sin que después de pasados varios minutos logren su objetivo de cancelar el servicio.
Por otro lado, y pese a mantener una intensa campaña publicitaria en medios de comunicación sobre la fusión entre las dos empresas bajo la nueva marca Movistar+, FACUA ha recibido las quejas de diferentes usuarios que, al contactar con el servicio de atención telefónica de Movistar, el número 1004, se les indica que se trata de diferentes compañías, por lo que son desviados al ya citado 902 para tramitar la baja.
En una vuelta de tuerca del cinismo empleado por la compañía, algunos operadores que atienden las llamadas del 1004 se atreven a indicar a aquellos usuarios que quieren cancelar su contrato con Canal Plus que para hacerlo a través de Movistar deben ser clientes de esta compañía. Para tal fin le ofrecen el cambio de empresa siempre, eso sí, que contrate una línea telefónica fija con ellos. Esto es, para cancelar un contrato ofrecen al usuario que suscriba otro.
Carta certificada a la dirección de correos indicada en la última factura
FACUA recomienda a aquellos que desean solicitar su baja y se encuentran con la situación descrita anteriormente que lo notifiquen a la empresa por escrito, preferentemente por correo certificado, para que quede constancia de la solicitud y el usuario se quede con un resguardo del recibo de la misma. Dicha carta certificada debe ser enviada a la dirección de correos que aparece en la última factura recibida.
Transcurridas 48 horas de la recepción de la carta, el usuario queda libre del contrato y puede, por tanto, proceder a devolver el aparato descodificador necesario para la recepción de la señal televisiva y devolver las facturas que le lleguen con cargos posteriores a dicha fecha. En el caso de que el descodificador fuese originalmente entregado en el domicilio, los usuarios pueden indicar en su carta que el aparato está disponible para que la empresa lo retire cuando desee. Si la oficina en la que se contrató Canal + ha dejado de estar abierta al público, también se debe indicar en la carta que la empresa puede recogerlo en el domicilio.
En cualquier caso, y de acuerdo a lo que marca la normativa actual, la empresa está obligada a permitir al usuario darse de baja utilizando el mismo medio que empleó para contratar el servicio. En el caso de Canal Plus, esto no es posible en la actualidad para los clientes que se dieron de alta usando la web del operador, denuncia FACUA, dado que no están operativos ni el correo electrónico ni el chat de la propia web, tal y como se indica en plus.es.
La asociación recuerda que la ley obliga a la empresa a indicar en el contrato el teléfono de atención al público, la dirección electrónica y la página web del operador, así como la dirección postal de la oficina comercial y del departamento de atención al cliente.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9607

5 mentiras sobre las llamadas de Whatsapp

5 mentiras sobre las llamadas de Whatsapp

Han tardado pero por fin están aquí: llamadas GRATIS desde WhatsApp.
Lo prometido es deuda y el todopoderoso Mark Zuckerberg lo había prometido el año pasado en el MWC de Barcelona.
Los usuarios de la plataforma líder en mensajería móvil ya pueden hablar de viva voz sin pagar la llamada.
Si WhatsApp mueve un dedo=Internet se llena de rumores.
Estas son las 5 mentiras que más vas a escuchar:

1. No son gratis

Las llamadas desde WhatsApp son absolutamente gratis si te conectas a una señal WiFi.
Y son relativamente gratis si usas tu tarifa de datos: en ningún caso pagas la llamada, pero consumirás algunos MB de tu tarifa (y eso cuesta dinero).

2. Consumen muchos datos

Muchos menos de los que estás pensando. Lo hemos medido y nos sale que una llamada de 2 minutos quema aproximadamente 2,5 MB de tu tarifa de datos.
Puedes hacer cálculos en función de los MB mensuales que tengas contratados. O comparar: 30 segundos de Youtube en HD consumen 15 MB.

3. Con WiFi no funcionan

Sí que funciona. De hecho, llamar desde WhatsApp cuando estás conectado a un WiFi es lo más conveniente.
El sonido tendrá mejor calidad y es la única manera de que esas llamadas sean 100% gratis.

4. Los operadores van a caparlas

Esta mentira se basa en una pequeña parte de la realidad. Es cierto que los operadores están nerviosos: ya vieron extinguirse los SMS que tanto dinero les daban… y ahora esas mismas apps(fundamentalmente WhatsApp) amenazan con quedarse también con las llamadas.
También es cierto que Vodafone y Yoigo han prohibido las llamadas VoIP en las tarifas básicas. Pero con el resto de operadores (y con Vodafone y Yoigo en el resto de tarifas) no hay ningún problema.

5. La calidad de sonido es mala

Depende de tu cobertura.
Si navegas con 4G será buena. En 3G será aceptable.
Olvídate de usarlo si tu cobertura es GPRS (una letrita G en el margen superior de tu pantalla): oirás una de cada 3 palabras.

Cuéntanos la verdad

Estamos cansados de tanta mentira. Queremos que nos cuentes tu verdad: ¿qué te parecen las llamadas de WhatsApp? ¿Crees que los operadores lo pasarán mal y perderán dinero? ¿Vas a dejar de hacer llamadas “normales”?

Fuente: http://www.ocuconsumity.com/tecnologia/mentiras-llamadas-whatsapp/

 

jueves, 13 de agosto de 2015

JAZZTEL JAZZPLAT SIGUE CON SU POLITICA DE MALA GESTION Y PESIMO SERVICIO TECNICO

Rumores me llegan de la mala calidad del servicio tecnico de Jazztel y de su plataforma Jazzplat en Guadalajara, clientes descontentos y que se sienten estafados son el perfil de usuarios que deben atender los gestores telefonicos que ya se encuentran con clientes predispuestos a no colaborar por culpa de  la mala gestion y estafa de lo que ofrecen, leeros la letra pequeña para no llevaros sustos en la factura... que os los llevareis... No os hagais de Jazztel, os acabaran engañando.

Las 15 excusas de las compañías de telecomunicaciones para no darte de baja

Las 15 excusas de las compañías de telecomunicaciones para no darte de baja

Las compañías de telecomunicaciones suelen poner todo tipo de trabas a las solicitudes de baja de los usuarios. Estas son las quince excusas que pueden ponerte cuando intentes tramitarla.
1. Que para darte de baja tienen que pasarte con otro departamento o debes llamar a otro número. Y desde ese otro te remitirán a otro. Y a otro...
2. Que no puedes pedirla hasta que acabe tu compromiso de permanencia. Falso, otra cosa es que tengas que abonar la penalización que corresponda.
3. Que si cancelas tu permanencia tendrás que pagar una penalización. Puede ser, pero no olvides que tendrían que haberte informado de ella al darte de alta y su cuantía en todo caso debe ser equivalente al descuento que te aplicaran (si no lo hicieron, no pueden penalizarte) prorrateado a la baja sobre el número de días que lleves como cliente. Ojo: si cancelas el contrato por incumplimiento de la compañía, no hay penalización alguna.
4. Que tendrás que abonar una penalización por cancelar un contrato de permanencia que en realidad finalizó hace tiempo o que nunca aceptaste. Prueba a pedirles el documento con tu firma o la grabación en la que autorizas una nueva permanencia aparejada a un descuento. Igual existe... con la voz de otro.
5. Que no es posible hasta que pagues supuestas facturas pendientes. Para nada: un impago, sea por una deuda real o fruto de una irregularidad en la facturación por parte de la compañía, no puede paralizar una solicitud de baja.
6. Que tendrás que abonar una tarifa por los gastos de la tramitación de la baja. Va a ser que no: al darte de baja no te están prestando un servicio, así que no tienes que pagar nada por ella.
7. Que debes solicitarla el último día del periodo de facturación. ¿Y si llamas un segundo después de que hayan pulsado el botón de la máquina que imprime los recibos? Pues no, la baja puede pedirse en cualquier momento.
8. Que tardará dos semanas en hacerse efectiva. Para nada, la normativa de telecos dice que en dos días puedes considerarte libre (artículo 7 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo), por lo que sólo pueden facturarte el consumo hasta esa fecha y si has pagado por adelantado, deben devolverte la cuota proporcional.
9. Que no puede efectuarse por teléfono y tienes que enviar un fax, un burofax o una paloma mensajera. Es curioso, una compañía de telecomunicaciones incapaz de hacer ciertos trámites por teléfono... Pues según la ley, están obligados a aceptar la baja mediante el mismo sistema por el que te dieron de alta (artículo 11.3 de la Orden ITC/1030/2007, de 12 de abril).
10. Que llames en otro momento porque hay una incidencia en sus sistemas y no pueden procesarla. Con esa calidad, como para no insistir en pedir la baja.
11. Que la llamada se corte misteriosamente.
12. Que te llegue un SMS en el que indiquen que para confirmar el cambio tienes que llamar a un teléfono. Esto suele ocurrir cuando tramitas la baja mediante una petición de portabilidad a otra compañía. Si llamas, intentarán convencerte de que no te vayas con una contraoferta o incluso puede que te llamen ellos. Si se niegan a detallarte la oferta por escrito sobre la marcha, tiene pinta de timo.
13. Que al pedir un cambio de operadora la tuya lo rechace aprovechándose de que el empleado de la compañía a la que quieres irte se equivocó en una letra al escribir tu nombre.
14. Que te den de baja el teléfono de casa pero sigan pasándote recibos por la conexión a internet o el alquiler del terminal. Si te fuiste mediante una portabilidad de tu línea a otro operador, la ley (artículo 10.1 del RD 899/2009, de 22 de mayo) dice con claridad meridiana que eso implicará la baja de todos los servicios asociados al número de teléfono en cuestión. Y si solicitaste a tu compañía la cancelación de la línea sin hacer portabilidad, el mero hecho de que no hayas seguido usando internet con ella es prueba suficiente para demostrar que te referías también a ese servicio. En cuanto a lo de seguir cobrándote por el carísimo alquiler de un terminal que contrastaste porque te hicieron creer que solo así te solucionarían con rapidez cualquier avería... es rizar el rizo de las tomaduras de pelo.
15. Que te aseguren que tramitan tu solicitud pero después te sigan llegando las facturas. Según la ley, deben facilitarte un código que identifique la gestión que has solicitado (artículo 26.2 del RD 899/2009, de 22 de mayo). El problema es que cuando lo indiques al reclamar te digan que esa numeración se refiere a un día que llamaste para felicitarles por su buen servicio. Así que si pides la baja por teléfono y no recibes una confirmación clara y por escrito, no te fíes.
Ante todo esto, lo mejor que puedes hacer para blindarte ante posibles problemas es seguir una pauta muy sencilla cada vez que quieras cancelar un contrato:
- Si pides el traspaso de tu línea a otra compañía, por si acaso, debes especificarle que aclare a tu operador actual que vas a darte de baja de todos sus servicios.
- Si no es una baja con portabilidad, lo mejor es que la notifiques por escrito, preferiblemente con acuse de recibo. No tienes más que dirigirte a la dirección que aparece en las facturas. Cuarenta y ocho horas después de su recepción, tienen que darte de baja.
- Y si siguen facturándote servicios, ordena a tu banco que las rechace, denuncia a la compañía ante laautoridad de consumo de tu comunidad autónoma y la Agencia Española de Protección de Datos si te trata como si fueras un moroso.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9538

 

La CNMC multa con 30.000 euros a Telefónica por el traslado de tres centrales sin informar

La CNMC multa con 30.000 euros a Telefónica por el traslado de tres centrales sin informar

Telefónica está obligada a informar con seis meses de antelación a Competencia y a los operadores alternativos de cualquier cambio en su red de acceso.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado sancionar con 30.000 euros a Telefónica por el traslado de tres centrales sin haber informado a dicho órgano y a los operadores alternativos que usan los servicios mayoristas regulados con el preaviso requerido.
De conformidad con la obligación de transparencia, Telefónica está obligada a informar con al menos seis meses de antelación a la CNMC y a los operadores alternativos de cualquier cambio en su red de acceso.
Las centrales afectadas están en Geria (Valladolid), Santurde (La Rioja) y Caseres (Tarragona), según ha informado este martes el órgano regulador.
En el ámbito del expediente sancionador también se ha investigado la sustitución de dos centrales por nodos en Sant Esteve de Guialbes (Gerona) y en Canillas del Aceituno (Málaga). Sin embargo, se ha comprobado que el traslado de la central de Gerona no alteraba la infraestructura de la red de Telefónica y que el traslado acaecido en la central de Málaga sí respetó los plazos regulatoriamente previstos.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9580

 

FACUA denuncia a Orange y Yoigo por subir tarifas sin respetar los contratos de permanencia

FACUA denuncia a Orange y Yoigo por subir tarifas sin respetar los contratos de permanencia

Se suman a las presentadas ante las autoridades competentes en los últimos meses contra Movistar y Vodafone.

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Orange y Yoigo por subir tarifas sin respetar los contratos de permanencia. Estas denuncias se suman a las presentadas ante las autoridades competentes en los últimos meses contra Movistar y Vodafone. La asociación advierte de que los contratos de permanencia no vinculan solo a los usuarios, sino también a las compañías, que tienen que respetar las tarifas durante su vigencia.
FACUA ha presentado sus denuncias ante la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, donde ambas compañías tienen su sede social.
Y es que FACUA recuerda que los clientes con contratos de permanencia tienen derecho a que la compañía mantenga las tarifas durante su vigencia. En este sentido, los afectados pueden denunciar a su compañía ante las autoridades de protección al consumidor para exigir el mantenimiento de las tarifas contratadas o darse de baja y exigir que sea la compañía la que les abone las penalizaciones establecidas en los contratos de permanencia por su incumplimiento.
Orange ha anunciado una subida de tarifas para su oferta convergente Canguro (en sus dos variedades, Ahorro y Sin Límite), que agrupa los servicios de telefonía fija, móvil e internet. La empresa ha comenzado a notificar a sus clientes que los precios actuales aumentarán en dos euros a finales de septiembre, a los que a cambio incrementará la capacidad de navegación móvil en 500 Mb. Además, las líneas adicionales serán un euro más caras.
En el caso de Yoigo, la compañía está notificando a través de un SMS a los usuarios afectados la modificación unilateral del precio del establecimiento de llamada: “Yoigo info: hola, desde el 15 de septiembre el precio del establecimiento de llamada será de 20 cent. Con IVA incluido. Si no estás de acuerdo puedes pedir baja”. Y es que el establecimiento de llamada, que actualmente cuesta 18,15 céntimos pasa a 20 céntimos por llamada.
En su argumentación FACUA señala que es una práctica abusiva la política de modificación continua de tarifas y otras condiciones contractuales, sin respetar ningún compromiso temporal ni garantizar una duración mínima de los contratos.
Así lo recoge la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su artículo 85, que establece como abusivas "las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario". Más concretamente, el artículo especifica en su punto 4 que también lo son "las que le faculten a resolver los contratos de duración indefinida en un plazo desproporcionadamente breve", y en su punto 7 que lo son "las cláusulas que supongan la supeditación a una condición cuya realización dependa únicamente de la voluntad del empresario para el cumplimiento de las prestaciones, cuando al consumidor y usuario se le haya exigido un compromiso firme".
En su artículo 82 se expone que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9584

 

sábado, 1 de agosto de 2015

La permanencia te persigue después de muerto

La permanencia te persigue después de muerto

Las compañías telefónicas pretenden que su ley valga también en el otro mundo. Cuando el cliente muere, piden a sus familiares que paguen una penalización por romper la permanencia. La Ley no les respalda, pero ellos lo intentan a ver si cuela.

Ha ocurrido con todos los grandes operadores móviles, aunque siempre de tapadillo y sin hacer ruido (basta con buscar en Google "permanencia" y "fallecimiento").
Cuando el familiar llama para dar de baja la línea del fallecido, en Atención al Cliente le dicen que vale, pero que tiene que pagar una penalización por romper la permanencia.  
Cadenas que te atan también en el más allá. Saben que tienen las de perder, pero lo intentan. 

Las deudas se heredan, las permanencias no

Además de indecente, esta práctica no tiene respaldo legal. 
Si fallece el titular del contrato se da una imposibilidad objetiva de cumplirlo. 
El contrato se cancela y ambas partes quedan liberadas. El operador no tiene que seguir prestando servicio. Y el muerto no tiene que mantener la línea.
Las deudas anteriores al fallecimiento sí que se heredan y pasan a los familiares. Pero no ocurre lo mismo ni con la permanencia ni con la penalización por romperla.
  • Si la permanencia estaba ligada a un móvil que la compañía dio gratis (o muy barato), los familiares tendrán que devolver ese móvil para librarse de la penalización. 
Fuente: http://www.ocu.org/tecnologia/internet-telefonia/noticias/permanencias-despues-de-muerto