martes, 21 de julio de 2015

Multa a Movistar y Yoigo y vía libre para que Yoigo sea la red de varios OMV

Multa a Movistar y Yoigo y vía libre para que Yoigo sea la red de varios OMV

 La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia  ha decidido imponer una multa de 6 millones de euros a Movistar y 300.000 euros a Yoigo por los acuerdos firmados en verano de 2013 para compartir redes. Además, autorizan a Yoigo a revender a terceros la red de Movistar, por lo que abren la puerta a la firma de acuerdos con varias OMV.

Movistar y Yoigo llegaron a un acuerdo para compartir sus redes en verano de 2013, debido a imperiosa necesidad del primero en contar con acceso móvil de alta velocidad para no quedar muy a la zaga de sus principales competidores. La CNMC ha entendido que el uso por parte de Movistar de las redes 4G de Yoigo no genera “eficiencias suficientes para que el mercado lo justifique”. Sobre la revente del producto Fusión por parte de Yoigo, la CNMC cree que fue positivo para la competencia pero incluía acuerdos que no eran competitivos. Por ejemplo, Movistar podía rescindir el contrato unilateralmente cada seis meses, lo que permitía una posición de dominio sobre Yoigo.

La CNMC ha entendido que se trata de prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia, por lo que ha impuesto las sanciones de 6 millones de euros a Movistar y de 300.000 euros a Yoigo. La multa en estos casos puede ser de un máximo del 10% de la facturación de las empresas, aunque se gradúan según la gravedad de los hechos. Movistar tiene 14,8 veces más ingresos que Yoigo aunque la sanción es 20 veces superior. Ambas compañías tienen previsto recurrir la sanción cuando les sea notificada oficialmente.

La red de Yoigo en las OMV

Quizá la parte más interesante es la decisión de la CNMC de eliminar una clausula que impedía a Yoigo el revender a terceros las redes de Movistar. Recordemos que esto fue precisamente lo que impidió el cambio de Pepephone a Yoigo y finalmente terminó con los de lunares en Movistar. El acuerdo firmado entre Yoigo en Movistar en 2008 permite a este el uso de las redes en las zonas donde no tiene cobertura propia.
A partir de ahora, Yoigo podrá revender su red y alcanzar acuerdos mayoristas con OMV para ser su proveedor. Telecable es uno de los primeros interesados, una operación que podría suponer unos ingresos de 40 millones de euros para la filial de Telia Sonera. También se habrían puesto en contacto con Yoigo desde R y otras OMV para preguntar por esto, lo que podría dar una nueva dimensión a Yoigo en el mercado mayorista.
Fuente: http://www.adslzone.net/2015/07/21/multa-a-movistar-y-yoigo-y-via-libre-para-que-yoigo-sea-la-red-de-varios-omv/ 

 

Multa de seis millones a Telefónica y de 300.000 euros a Yoigo por sus acuerdos para compartir redes

Multa de seis millones a Telefónica y de 300.000 euros a Yoigo por sus acuerdos para compartir redes

La CNMC abrió en noviembre de 2013 un expediente sancionador a las compañías al considerar que estas prácticas vulneraban la Ley de la Competencia.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de seis millones de euros a Telefónica y de 300.000 euros a Yoigo por los acuerdos firmados entre ambas compañías para compartir redes en agosto de 2013, según han informado a Europa Press fuentes del mercado.
Fuentes de las compañías consultadas por Europa Press han indicado que todavía no habían recibido comunicación oficial de la resolución y que en caso de confirmarse la sanción recurrirían la misma.
El organismo presidido por José María Marín Quemada abrió en noviembre de 2013 un expediente sancionador a Telefónica y a Yoigo en relación con estos acuerdos al entender que existían "indicios racionales" de prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia y más de año y medio después ha decido sancionar a ambas compañías.
Las fuentes han explicado que, si bien la multa a imponer ante este tipo de estas prácticas puede ser de hasta un máximo de un 10% de la facturación de las empresas, las sanciones se gradúan según la gravedad de los hechos teniendo en cuenta en cualquier caso los ingresos y el tamaño de las compañías en el mercado en cuestión. Telefónica es la primera compañía por cuota de mercado en móvil, mientras que Yoigo es la cuarta.
El diario Expansión, que adelantó la información en su edición del sábado, señala que Telefónica España es 14,8 veces más grande que Yoigo en ingresos, mientras que el importe de la multa es veinte veces superior.
Fuentes del mercado han explicado que el expediente estudiaba distintos acuerdos firmados en 2013 por las compañías, como el uso por parte de Telefónica de la red 4G de Yoigo, que según la CNMC no genera eficiencias suficientes para el mercado que lo justifiquen.
Además, la CNMC ha analizado la reventa por parte de Yoigo de productos minoristas de Telefónica, el denominado 'Fusión a lo Yoigo'. Para el regulador, este acuerdo, si bien fue positivo porque permitió la comercialización de productos convergentes por parte de Yoigo y, por tanto, más competencia para el mercado, incluía algún aspecto que no era competitivo, como el hecho de que cada seis meses Telefónica podía decidir rescindir este acuerdo unilateralmente. La CNMC indica en su resolución que esto permite a Telefónica "disciplinar" el comportamiento de Yoigo.
El acuerdo incluía además la compra por parte de Abertis de un paquete mínimo de 4.227 torres de telefonía a estos dos operadores en varias fases. El organismo regulador no ve problemas de competencia en esta operación.
Preacuerdo con Telecable
Asimismo, el expediente analiza el acuerdo de roaming por el cual Yoigo utiliza la infraestructura de Telefónica para cubrir las regiones del territorio español donde no alcanza con red propia. Este acuerdo, que data de 2008, incluye una cláusula que la CNMC considera anticompetitiva y que impide a Yoigo revender a terceros la red de Telefónica.
La eliminación de esta cláusula permitiría a Yoigo alcanzar alianzas mayoristas con otros operadores de telecomunicaciones, como Telecable. En este sentido, el consejero delegado de Yoigo, Eduardo Taulet, señaló a Europa Press en unas recientes declaraciones que la compañía había firmado un preacuerdo con la operadora asturiana que le podría suponer unos ingresos de 40 millones de euros.
Taulet advirtió entonces que el grupo ya se ha puesto en contacto con la compañía de telecomunicaciones gallega R e, incluso, con algún operador de los llamados étnicos y recordó que por cuota de mercado, los OMVs, que podrían ser clientes potenciales, doblan a Yoigo.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9516

 

lunes, 6 de julio de 2015

FACUA cree que alargar el final del 'roaming' es una "concesión más" al lobby de 'telecos'

FACUA cree que alargar el final del 'roaming' es una "concesión más" al lobby de 'telecos'

Aunque estaba previsto que el sobrecoste que pagan los usuarios por llamar por teléfono desde el extranjero acabase en 2015 en la UE, se ha vuelto a demorar hasta 2017.

FACUA-Consumidores en Acción considera que el acuerdo alcanzado entre los gobiernos de la Unión Europea y el Parlamento Europeo para eliminar el roaming -recargos que pagan los usuarios por el uso del móvil cuando viajan al extranjero- a partir de junio de 2017 es una "concesión más" a las operadoras ante la presión del lobby de las compañías de telecomunicaciones para "ganar dinero a espuertas" dos años más.
"Llevamos mucho tiempo esperando que se anuncie la eliminación del 'roaming' porque es un sobrecoste que soportan los usuarios por parte de multinacionales que están en toda la Unión Europea a las que la itinerancia no les supone el coste añadido que cargan al usuario", ha explicado el portavoz de FACUA, Rubén Sánchez.
Para Sánchez la medida es "necesaria", pero también "urgente" porque mientras no se aplica las compañías están ingresando cantidades "multimillonarias" y "sin justificación". El Parlamento Europeo se había pronunciado inicialmente a favor de la eliminación del roaming en 2015, sin embargo, se ha pospuesto "por las presiones" de las operadoras, de acuerdo con la asociación.
"Es positivo que se le ponga fecha, pero hacer esperar al usuario dos años más es injusto e innecesario. Las compañías podrían eliminar el 'roaming', ya que no implica ningún problema logístico, por lo que consideramos que la fecha es una nueva concesión a las compañías", ha advertido.
Sánchez ha reconocido no obstante que desde la regulación de la tarifa de roaming por parte de la CE los usuarios han reducido "ostensiblemente" sus gastos en móvil cuando viajan a países de la UE porque las tarifas antes de la regulación eran "desproporcionadas" con un margen de beneficio "brutal" que las compañías no se prestaban a reducir, ya que "no querían competir" en este ámbito.
"Esa fijación de precios máximos con bajada progresiva ha sido positiva, aunque debería desaparecer, ya que la diferencia respecto a lo que pagan los usuarios en el extranjero respecto a su país de origen no está justificada", ha advertido.
Topes máximos en los precios nacionales
Para Sánchez, en paralelo a la UE, los Estados miembro debería avanzar en la regulación de sectores liberalizados. "Hay tarifas nacionales en telecomunicaciones que son excesivas, por ejemplo, en datos y móvil", ha indicado el portavoz de FACUA, quien ha añadido que "la falta de intervención estatal" provoca que se paguen precios "muy altos".
"La intervención estatal permitiría beneficiar a los consumidores y fomentar la competencia, fijando un máximo en algunos servicios y dejando que las compañías compitan sin sobrepasar ese límite", ha explicado.
El portavoz de FACUA ha instado además a la UE a que tome como punto de partida la regulación puesta en marcha en roaming, que ha calificado de "medida pionera", para otros sectores liberalizados, como el gas, la electricidad, la gasolina.
 En este sentido, Sánchez ha recordado que la asociación ha pedido incorporar una regulación en las tarifas energéticas en toda la UE para garantizar que las familias sin recursos sigan teniendo luz sin sufrir riesgo de corte en el suministro. "Se lo hemos pedido a la comisaria europea de Justicia y Consumo sin obtener respuesta", ha manifestado.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9469

 

 

lunes, 22 de junio de 2015

OCU se moviliza contra el roaming, última frontera de Europa

Después de que el Parlamento Europeo se pronunciara a favor de acabar con el roaming, veíamos cerca su final, pero los gobiernos nacionales, anteponiendo los intereses de las operadoras a los de los ciudadanos, pretenden retrasar el fin del roaming a 2018. No nos conformamos, ¿y tú?

OCU y la organización de consumidores portuguesa, DECO, junto a las asociaciones Eixo Atlántico y Red Ibérica de Entidades Transfronterizas, han lanzado una campaña de recogida de firmas en apoyo a la postura del Parlamento Europeo respecto a la eliminación delroaming telefónico a partir de diciembre de 2015.
La campaña Zero Roaming, que cuenta con el apoyo del BEUC pretende movilizar a los ciudadanos estas elevadas tarifas, que en la práctica son la última frontera de Europa, y que se han convertido en un problema que no es exclusivo de turistas, sino también de buena parte de la población de la Unión Europea.
Parlamento Europeo, Comisión y Estados miembro deben reunirse para abordar esta cuestión: y por eso es el momento de lanzar esta campaña ciudadana, pidiendo que los ciudadanos hagan oír su voz a favor de la petición del Parlamento Europeo y que el roamingdesaparezca cuanto antes. 
Si tú también quieres acabar con las elevadas facturas causadas por las tarifas de roaming, firma en change.org la petición apoyando la propuesta del Parlamento Europeo de eliminar el roaming en diciembre de 2015.


Fuente: http://www.ocu.org/tecnologia/viajes-vacaciones/noticias/zero-roaming

martes, 9 de junio de 2015

Multa a Vodafone por incluir a un usuario en un registro de morosos tras dictaminarse que no existía deuda

Multa a Vodafone por incluir a un usuario en un registro de morosos tras dictaminarse que no existía deuda

La compañía hizo caso omiso a un laudo arbitral, que tiene el mismo valor que una sentencia judicial. La asociación critica que Protección de Datos sólo sancione con 20.000 euros a pesar de que se trata de una práctica habitual de las principales empresas de telefonía.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto a Vodafone una sanción de 20.000 euros por ceder los datos de Francisco Javier Moreno, socio de FACUA Huelva, a Salus, una gestora de cobro y a Asnef, un fichero de morosos, por una deuda que había sido anulada en un arbitraje de consumo con anterioridad.
FACUA considera ridícula la sanción, dado que la práctica de ceder los datos de usuarios irregularmente a gestoras de cobro es habitual en las empresas de telefonía, algo que la Agencia reconoce en su resolución. En ella, señala como "agravantes" tanto "la vinculación de su actividad [de Vodafone] con la realización de tratamientos de datos de carácter personal" como "el importante volumen de negocio de Vodafone” y “la reincidencia por comisión de infracciones de la misma naturaleza".
A pesar de esto, y de que las infracciones graves están tipificadas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal con multas de entre 40.001 y 300.000 euros (de acuerdo al artículo 45.2), la Agencia resuelve en sancionar a Vodafone con 20.000 euros. El artículo 45.5.d de la citada ley recoge que se rebaja la sanción "cuando el infractor haya reconocido espontáneamente su culpabilidad", algo que debería incrementar la multa y no rebajarla, reclama FACUA.
Deuda desestimada en un laudo arbitral
Francisco Javier activó un servicio de límite de consumo de Vodafone para su línea, dado que con frecuencia realizaba llamadas internacionales que le elevaban enormemente la factura. Este servicio, activado en mayo de 2010, le fijó un tope de 84,70 euros (70 euros más el 21% de IVA) de gasto mensual, a partir del cual se debía paralizar el servicio.
Al realizar la restricción, la compañía le indicó que incluía todas las llamadas, incluso cuando el usuario señaló que realizaba habituales llamadas internacionales. Pero aunque la limitación estaba supuestamente activa, le continuaron llegando facturas muy elevadas en junio, julio y agosto.
Cuando Francisco Javier reclamó a Vodafone, en la compañía le indicaron que, pese a lo que le habían notificado cuando activó el servicio, las llamadas internacionales no estaban incluidas en el tope que tenía activo y se negaban a anular las facturas generadas en dichos meses. Ante esta situación, el usuario puso el caso en manos de FACUA Huelva, que sometió el caso a un arbitraje de consumo.
En su laudo de octubre de 2011, con valor de sentencia judicial, la Junta Arbitral Provincial de Huelva estimó que Vodafone debía rectificar las tres facturas. Y esto porque la compañía "debió limitar el consumo a los 70 euros desde que el cliente lo requiere", "en la creencia de que afectaba a todas las llamadas y no es advertido que no se puede aplicar el límite a las llamadas internacionales, cuestión por la que no ha de responder el cliente de la compañía".
A pesar de que Vodafone tuvo conocimiento del laudo el 30 de noviembre de 2011, la deuda no se canceló en sus sistemas, y fue vendida, junto a las deudas de otros clientes, a la empresa de cobros Salus Inversiones y Recuperaciones. Además, los datos de Francisco Javier fueron incluidos irregularmente en el fichero de morosos Asnef.
Esto fue denunciado por FACUA ante la Agencia Española de Protección de Datos, que en su resolución considera los hechos como una infracción grave, e indica además "la grave falta de diligencia mostrada por la entidad denunciada que no aportó las medidas necesarias para comprobar que se cancelaba la deuda objeto de reclamación arbitral".
Además, la AEPD destaca que la actuación de Vodafone "no puede considerarse diligente ni rápida", dado que tardó más de un año y medio desde la recepción de la notificación del laudo hasta que canceló la deuda y eliminó al usuario de los archivos a los que había cedido irregularmente sus datos.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9385

 

FACUA denuncia a Vodafone por aplicar una subida ilegal en siete planes de tarifas móviles

FACUA denuncia a Vodafone por aplicar una subida ilegal en siete planes de tarifas móviles

La empresa no respeta las condiciones acordadas con los usuarios en los compromisos de permanencia.

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado la subida de tarifas anunciada por Vodafone en siete planes de tarifas móviles al considerarla ilegal y dejar desprotegidos a sus clientes. La asociación advierte de que los contratos de permanencia no vinculan solo a los usuarios, sino también a las compañías, que tienen que respetar las tarifas durante su vigencia.
Recientemente, Vodafone ha notificado a través de un SMS a millones de usuarios (los de sus planes Red S, Red L, Red XL, Plan Smart S, Plan Smart M, Plan Mini S, Plan Mini Voz) la modificación unilateral de las cuotas mensuales y las condiciones del servicio que tienen contratados. La subida será efectiva a partir del próximo 1 de julio.
FACUA ha presentado sus denuncias ante la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, donde Vodafone tiene su sede social.
Y es que FACUA recuerda que los clientes con contratos de permanencia tienen derecho a que la compañía mantenga las tarifas durante su vigencia. En este sentido, los afectados pueden denunciar a Vodafone ante las autoridades de protección al consumidor para exigir el mantenimiento de las tarifas contratadas o darse de baja y exigir que sea la compañía la que les abone las penalizaciones establecidas en los contratos de permanencia por su incumplimiento.
En cuando a los usuarios sin permanencia, FACUA advierte de que sus contratos les sitúan en una situación de desequilibrio y gran inseguridad jurídica. Y es que el contrato de Vodafone no incluye ningún compromiso de duración mínima de las condiciones y prestaciones ofrecidas al cliente y, por el contrario, la empresa se reserva la posibilidad de modificarlas en cualquier momento.
La asociación considera que el dinamismo propio del sector de las telecomunicaciones, cuya tecnología cambia a gran velocidad y por tanto las prestaciones que puede ofrecer a los usuarios, debe ser compatible con la seguridad jurídica en la contratación y con el equilibrio contractual entre las partes.
FACUA recuerda que es una práctica abusiva la política de modificación continua de tarifas y otras condiciones contractuales, sin respetar ningún compromiso temporal ni garantizar una duración mínima de los contratos.
Así lo recoge la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su artículo 85, que establece como abusivas "las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario". Más concretamente, el artículo especifica en su punto 4 que también lo son "las que le faculten a resolver los contratos de duración indefinida en un plazo desproporcionadamente breve", y en su punto 7 que lo son "las cláusulas que supongan la supeditación a una condición cuya realización dependa únicamente de la voluntad del empresario para el cumplimiento de las prestaciones, cuando al consumidor y usuario se le haya exigido un compromiso firme".
FACUA critica que la actitud de Vodafone y de otras operadoras con prácticas similares configuran un mercado opaco, en el que al usuario le resulta imposible comparar y elegir la mejor opción, dado que es tan efímera que más bien se convierte en un señuelo para captar clientes.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9418

 

lunes, 8 de junio de 2015

Movistar justifica la subida de Fusión por "la acepción etimológica" de "para siempre"

No es broma: Movistar justifica la subida de Fusión por "la acepción etimológica" de "para siempre"

Replica a la primera reclamación de FACUA con un tergiversado argumento basado en el diccionario de la RAE y obviando que la ley considera engañosa la publicidad que "induzca o pueda inducir a error".

FACUA-Consumidores en Acción ha recibido la primera respuesta del departamento de Reclamaciones de Telefónica a las numerosas reclamaciones que está tramitando por la subida fraudulenta de 5 euros mensuales en las tarifas de Movistar Fusión, que la compañía aseguró desde su lanzamiento que mantendría "para siempre".
"La acepción etimológica del término 'Para Siempre' significa 'por todo tiempo o por tiempo indefinido' e indefinido supone 'que no tiene término señalado o conocido', en contraposición a las ofertas promocionadas con un término de vigencia reducido en el tiempo". Ésta es la contestación que da a la reclamación de un usuario Esteban Cofrades, que firma en calidad de director de Reclamaciones de Movistar (también es su director Facturación).
FACUA considera que la argumentación de la compañía es tan enrevesada que parece de chiste, al tiempo que resulta insultante para los usuarios. La asociación advierte de que al intentar abrazarse al diccionario de la Real Academia Española (RAE), Movistar olvida que en España, la ley considera publicidad engañosa a la que "induzca o pueda inducir a error a los destinatarios". Así la define el artículo 5 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal (modificada por Ley 29/2009, de 30 de diciembre).
Desde septiembre de 2012, cuando la empresa lanzó el comunicado de presentación de sus servicios paquetizados de telecomunicaciones fijas y móviles Movistar Fusión, sus campañas publicitarias aseguraban que mantendría las tarifas "para siempre".
El equipo jurídico de FACUA interpondrá en los próximos días una demanda judicial contra la compañía para que vuelva a aplicar sus precios originales y devuelva a los usuarios las cantidades cobradas de más tras la subida aplicada en mayo. La asociación ya ha presentado una batería de denuncias ante las administraciones competentes.
FACUA también ha puesto a disposición de los casi 4 millones de usuarios afectados un formulario de denuncia para que lo remitan a las autoridades de protección al consumidor. Pueden descargarlo en la web FACUA.org/fraudeMovistar (en formato .pdf., .doc, y .odt).
La asociación recuerda que los clientes pueden reclamar la congelación de las tarifas contratadas y el reembolso de la subida o, si deciden darse de baja, que la compañía les abone a ellos las penalizaciones de hasta 190 euros establecidas en los contratos de permanencia en aplicación del principio legal de reciprocidad.

Fuente: https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9409&utm_medium=twitter&utm_campaign=FACUA&utm_source=twitterfeed